Plan de Asistencia Dental Infantil de Extremadura – PADIEX

 

PADIEX es el Plan de Atención Dental gratuita para niños residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura desde el 1 de enero del año en que cumplan 6 años de edad, hasta el año en el que cumplan 15 años.

Se implantó en el año 2005 (Decreto 195/2004, DOE nº2, de 8 de enero de 2005). Su finalidad es lograr una buena salud bucodental para los niños aplicando medidas preventivas y los tratamientos necesarios.

Está dirigido a todos los niños residentes en Extremadura que tengan derecho a la asistencia sanitaria con cargo al Servicio Extremeño de Salud.

¿Qué asistencia incluye?

Estarán incluidos los niños desde el 1 de enero del año que cumplen 6 años hasta el 31 de diciembre del año en el que cumplan 15:

  • Recomendaciones higiénico-dietéticas para prevenir las enfermedades orales.
  • Educación para la salud bucodental para enseñar técnicas de cepillado y limpieza.
  • Tratamiento preventivo como fluoración.
  • Tratamiento preventivo de colocación de selladores en fisuras de primeros y segundos molares permanentes.
  • Obturación (empaste) de molares permanentes en caso de lesiones irreversibles.
  • Tartrectomías(limpieza) en dentición permanente.
  • Tratamientos de las caries.
  • Extracción de piezas temporales, permanentes (en este último, cuando no esté indicado realizar tratamiento pulpar) y supernumerarios erupcionados.
  • Urgencias dentales:
  1. Si afecta a piezas dentales permanentes, se realizará todo lo posible para preservar la pieza.
  2. Si afecta a piezas dentales temporales, «se prestará un tratamiento exclusivamente paliativo a base de terapia farmacológica o la extracción de la pieza afectada».
  • Reevaluación y seguimiento, a criterio del dentista, de caries, enfermedad periodontal, maloclusión, así como de pacientes médicamente comprometidos o de especial riesgo.
  • Asistencia dental completa en niños con anomalías congénitas craneofaciales y de la cavidad oral con alteraciones dentales.
  • Tratamiento de ortodoncia en maloclusión severa tras ser intervenido de:
  1. Fisura palatina.
  2. Labio leporino.
  3. Otra malformación craneofacial congénita.
  4. Trastornos del grupo inciso-canino:
  5. Ferulización del grupo anterior.
  6. Reconstrucción.
  7. Gran reconstrucción.
  8. Perno prefabricado intrarradicular.
  9. Reimplante dentario.
  10. Sutura de tejidos blandos.
  • Tratamiento pulpar de piezas permanentes, que incluye:
  • Apicoformación.( tratamiento dental en diente no formado con destrucción de pulpa)
  • Recubrimiento pulpar directo.
  • Endodoncia.

¿Qué no incluye?

  • Tratamientos reparadores de la dentición temporal.
  • Atención dental ortodóntica salvo en los casos de maloclusión severa tras ser intervenido de; fisura palatina, labio leporino u otra malformación craneofacial congénita.
  • Tratamientos del grupo inciso-canino por agenesia de todas o alguna de sus piezas.
  • Traumatismos del grupo inciso-canino cuando haya terceros obligados al pago.
  • Prótesis de cualquier tipo.

Se podrá elegir entre acudir a los dentistas del sistema público o a alguno de los casi 300 dentistas de clínicas privadas habilitados por el SES.

Modificación del Decreto 195/2004

El día 25 de febrero de 2019 se realiza una modificación del Decreto pasándose a llamar Decreto 195/2004, de 29 de diciembre, sobre asistencia dental a la población infantil y a personas con determinadas situaciones clínicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La modificación fundamental es la inclusión, dentro de la asistencia gratuita del Plan de Atención Dental del tratamiento de ortodoncia, a la población residente en la Comunidad Autónoma de Extremadura que tenga derecho a asistencia sanitaria con cargo al Servicio Extremeño de Salud y presente maloclusión severa tras ser intervenidos de:

  • Fisura palatina.
  • Labio leporino.
  • Otra malformación craneofacial de carácter congénito.

Antes de su prestación «deberá ser expresamente autorizado por el Servicio Extremeño de Salud, previo informe del cirujano maxilofacial en el que se justifique la necesidad del tratamiento». Esto se realizará a través de la solicitud de prestación que se encuentra al final de este documento.

Está dirigido a población residente en la Comunidad Autónoma de Extremadura que tenga derecho a asistencia sanitaria con cargo al Servicio Extremeño de Salud.

Para solicitar la prestación para el tratamiento por ortodoncia es preciso rellenar una Solicitud que debe ir acompañado por:

  • Informe de la patología que se padece y de la intervención quirúrgica recibida por Cirugía Maxilofacial.
  • Estudio y presupuesto del tratamiento de ortodoncia.
  • Tarjeta sanitaria del Servicio Extremeño de Salud.